SEGUNDO PRONUNCIAMIENTO
La Coalición Peruana para la Diversidad Cultural, manifiesta una vez más su profunda preocupación frente a la posibilidad de que se apruebe el Proyecto de Ley Nº 3464/2009-PE, presentado el 4 de setiembre de este año por el Presidente de la República y el Presidente del Consejo de Ministros, pese al pronunciamiento de distintas organizaciones profesionales y de la ciudadanía en general, inclusive del propio Instituto Nacional de Cultura, que han sustentado ampliamente la inconveniencia de la propuesta y lo grave que resultaría para la conservación y preservación del Patrimonio Cultural nacional.<
En la sesión de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deportes del Congreso de la República, realizada la mañana de ayer, martes 29 de septiembre, los representantes del INC y del Colegio de Arqueólogos han presentado sus informes en contra del Proyecto de Ley. Asimismo, nuestra Coalición y otras organizaciones también han aportado abundante argumentación, la misma que fue alcanzada, oportunamente, y forma parte de los antecedentes del dictamen que la citada Comisión debe someter a votación.
Llamó mucho la atención que, llegado el momento de someter al voto el dictamen y siendo evidente el ánimo en la mayoría de congresistas asistentes de votar por la improcedencia y archivo del proyecto, como estaba planteado en la propuesta de dictamen, los representantes del Partido de gobierno hayan solicitado la presencia del Ministro de Educación como condición para continuar el debate y luego, hayan abandonado la sesión, dejándola sin quórum, impidiendo, por lo tanto, que se someta a votación el destino del Proyecto de Ley, posponiéndose para la siguiente sesión la decisión que deberá adoptar la Comisión.
En este momento, crucial para el destino de los bienes del patrimonio cultural nacional, corresponde expresar una vez más, que no existe incompatibilidad entre el desarrollo y progreso de todos los pueblos, con la conservación y preservación de su legado cultural e histórico. En este sentido, dotar a los pueblos del Perú de luz, agua y carreteras, es algo que todos apoyamos y es más, exigimos la pronta ejecución de programas de atención inmediata de estas necesidades, pero sin sacrificar injustificadamente los bienes del patrimonio cultural de la Nación. Existen soluciones y alternativas viables, de carácter técnico y financiero, por tanto, es absolutamente lógico hacerlas valer y así debe proceder el Poder Ejecutivo.
Es pertinente reafirmarnos en que es deber de todos asumir una posición responsable frente al peligro que encierra el referido Proyecto para la conservación de nuestro Patrimonio Cultural. Por ello llamamos nuevamente la atención de los Congresistas de la República, para que adopten posiciones consecuentes con el interés de la Nación en su conjunto, que se expresen en el cumplimiento de los deberes y obligaciones que la Constitución y las leyes establecen, haciendo valer el derecho de todos los peruanos de salvaguardar el Patrimonio Cultural del Perú.
Corresponde, igualmente, recordar que el Perú es suscriptor de la Convención de Viena sobre Tratados de las Naciones Unidas. Por tanto, de acuerdo con los Artículos 26 y 27 de este instrumento, el Estado Peruano no puede eximirse de cumplir sus obligaciones internacionales alegando normas de su derecho interno o vacío de la ley. El Perú también es suscriptor de otras varias Convenciones y Tratados Internacionales sobre materia cultural y específicamente sobre protección y conservación del Patrimonio Cultural, que imponen obligaciones de cumplimiento, como es el caso de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural (Paris, 16 de noviembre de 1972), aprobada por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 23349 del 21 de diciembre de 1981 y ratificada el 24 de febrero de 1982, la misma que establece como obligación de los Estados la identificación y delimitación de los bienes situados en sus territorios y ejercitar las acciones orientadas a garantizar su protección y conservación eficaces.
Hacemos una referencia especial a la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (UNESCO, París, 2005), que el Perú aprobó mediante Resolución Legislativa Nº 28835 de 19 de julio de 2006, ratificada por el Decreto Supremo Nº 047-2006-RE de 25 de julio del mismo año, cuyo objetivo central es la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, considerándose además otros objetivos como: la creación de condiciones para que las culturas prosperen y se desarrollen libremente, el fomento del diálogo entre las culturas y promover el respeto de la diversidad de las expresiones culturales, principios que no se están cumpliendo con la propuesta del Ejecutivo, desde que ésta se orienta a la disminución de los bienes del patrimonio y con ello se pone en riesgo también la vigencia de condiciones favorables para que nuestras culturas prosperen y se desarrollen.
No es posible dejar de referirnos al Decreto Supremo Nº 009-2009-ED de 19 de agosto del presente año que, contraviniendo las normas vigentes que establecen la necesidad de obtener el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), como requisito indispensable para cualquier intervención en predios o terrenos con fines de inversión o concesiones, dispuso que los proyectos de inversión pública no necesitan cumplir esta obligación, favoreciendo así a los inversionistas y sacrificando el patrimonio arqueológico, lo que ahora se consolida con el cuestionado Proyecto de Ley.
Hacemos un llamado a todos los peruanos para que, respondiendo a los intereses comunes de todas las culturas que coexisten en nuestra patria, adoptemos comportamientos alturados, pero firmes, para demandar el respeto irrestricto de los derechos culturales y la conservación del valioso legado cultural que poseemos.
Lima, 30 de septiembre de 2009.
Comité de Gestión
Coalición Peruana para la Diversidad Cultural
coaperuana.diversidadcultural@gmail.com